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Dotación laboral en Colombia 2026

La dotación es un derecho de los trabajadores con salario hasta 2 SMMLV. Consiste en 3 mudas de calzado y vestido al año, entregadas en fechas obligatorias por el empleador. Si gana hasta $3.501.810 en 2026, tienes derecho.

¿Quién tiene derecho a dotación?

El artículo 230 del CST establece que reciben dotación los trabajadores que cumplan AMBAS condiciones:

  • Salario igual o inferior a 2 SMMLV — en 2026: hasta $3.501.810 mensuales.
  • Mínimo 4 meses (120 días) en el cargo: antes de ese tiempo no se causa la primera muda.

¿Cuándo se entrega? (Fechas obligatorias)

MudaFecha de entrega
Primera30 de abril
Segunda31 de agosto
Tercera20 de diciembre

Cada muda corresponde aproximadamente a 4 meses trabajados. Si te contrataron a mitad de periodo, la primera muda se causa cuando cumples los 120 días.

¿Qué incluye una muda?

Calzado + vestido apropiados para la labor que desempeñas. El empleador define el tipo (no puede entregar dotación inadecuada: ej. zapatos de oficina para un operario de bodega o construcción).

Algunos ejemplos por sector:

  • Oficina/administrativo: camisa o blusa, pantalón o falda, zapato formal.
  • Bodega/operario: overol o jean reforzado, camiseta, botas con puntera de seguridad.
  • Restaurante/cocina: filipina, pantalón blanco, zapato cerrado antideslizante.
  • Construcción: ropa adecuada + EPP (casco, gafas, guantes — esto es ARL, no dotación).

¿Se puede compensar la dotación con dinero?

NO como regla general. La ley exige entrega en especie (físicamente entregar el calzado + vestido). Solo en casos excepcionales procede pago en dinero:

  • Por acuerdo escrito explícito entre empleador y trabajador.
  • Por incumplimiento prolongado donde el trabajador ya compró por su cuenta.
  • Al terminar el contrato, si quedaron mudas no entregadas.

¿Qué pasa si el empleador no entrega la dotación?

  1. Solicitarla por escrito al empleador citando el art. 230 del CST y la fecha que correspondía.
  2. Acudir al Ministerio del Trabajo a poner queja. Pueden iniciar investigación y sancionar al empleador.
  3. Demandar civilmente reclamando el valor de las mudas no entregadas más perjuicios. Las mudas son acumulativas y se pueden reclamar hasta 3 años hacia atrás (prescripción).

Mitos comunes sobre la dotación

  • “Si gano más de 2 SMMLV pero soy operario, igual me toca” — NO. Es estrictamente por salario, no por tipo de cargo.
  • “La dotación se cuenta como salario” — NO. Es un derecho en especie y no constituye ingreso gravable.
  • “Puedo cambiar mi dotación por dinero en efectivo” — NO sin acuerdo escrito. El empleador puede negar el cambio.
  • “Si me retiro, pierdo las mudas no entregadas” — NO. Si quedaron periodos vencidos sin entrega, las puedes reclamar.

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