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Calculadora

Incapacidades laborales 2026

Calcula cuánto debes recibir durante una incapacidad médica, quién la paga (empleador, EPS, ARL o Fondo de Pensiones) y cuánto pierdes vs tu salario normal por la franquicia.

Datos

Gripe, lesiones no laborales, hospitalización, etc.

$ 2.000.000 · IBC diario: $ 66.667

IBC diario: $ 66.667
TramoDíasPagadorSubtotal

Día 12

66.67% del IBC

2Empleador$ 116.727

Día 315

66.67% del IBC

13EPS$ 758.726
Total que recibirás$ 875.453
Diferencia vs salario normal (15 días)$ 124.548
Decreto 780/2016: días 1-2 paga el empleador al 66.67% del IBC (auxilio); días 3-90 paga EPS al 66.67%; días 91-180 paga EPS al 50%; días 181-540 paga el Fondo de Pensiones al 50% (mientras se define la pérdida de capacidad laboral). El mínimo siempre es 1 SMMLV diario.

Resultado orientativo

Se calcula con los datos que ingresaste y parámetros públicos. No es nómina, liquidación oficial, dictamen legal o fiscal, ni garantiza el monto definitivo.

¿La EPS o ARL no te pagó tu incapacidad?

Comparte el caso para solicitar una revisión humana. El envío no garantiza respuesta, plazo, perfil profesional ni resultado.

Al enviar aceptas que el equipo de Liquidador te contacte para revisar esta solicitud. No vendemos tus datos ni los compartimos con terceros para su mercadeo.

Este cálculo es orientativo. Se basa en la normativa vigente del Código Sustantivo del Trabajo y los valores 2026 (SMMLV $1.750.905, auxilio de transporte $249.095). Cada caso laboral tiene particularidades (recargos, comisiones, pagos extralegales, justa causa, etc.). Consulta con un abogado laboral o contador certificado para tu caso específico.

¿Quién paga la incapacidad?

Enfermedad general (EG)

DíasPagador% del IBC
1 a 2Empleador66.67%
3 a 90EPS66.67%
91 a 180EPS50%
181 a 540Fondo de Pensiones50%

Accidente laboral o enfermedad laboral (AT/EL)

La ARL paga el 100% del IBC desde el día 1, sin franquicia. No hay tope de tiempo durante la incapacidad temporal (Ley 776/2002).

Reglas importantes

Errores comunes

  1. El empleador descuenta más del 33% del salario: es ilegal — solo descuenta el 33.33% durante los primeros 2 días.
  2. La EPS niega el pago alegando “no transcrita”: la incapacidad la transcribe la EPS de oficio, no es responsabilidad del trabajador.
  3. La ARL pide franquicia de 2 días en accidente laboral: ilegal, ARL paga desde el día 1.

¿Cómo reclamar si no te pagan?

  1. Tutela contra la EPS por violación al mínimo vital (proceso rápido).
  2. Queja en la Superintendencia Nacional de Salud.
  3. Acción ante el Ministerio del Trabajo (juicio laboral ordinario).