Calculadora
Pago de incapacidades para empleadores en Colombia 2026
Esta calculadora de incapacidades estima el subsidio durante una incapacidad médica. Si llevas la nómina, separa los primeros dos días a cargo del empleador de los tramos que podría reconocer la EPS o la ARL. El resultado orienta la revisión: no confirma un recobro ni reemplaza la validación del certificado, el origen y los días acumulados.
Datos
Gripe, lesiones no laborales, hospitalización, etc.
$ 2.000.000 · IBC diario: $ 66.667
Esta herramienta llega hasta el día 540. Desde el 541 la EPS paga únicamente si se cumplen las condiciones reglamentarias.
| Tramo | Días | Pagador | Subtotal |
|---|---|---|---|
Día 1 – 2 66.67% del IBC | 2 | Empleador | $ 116.727 |
Día 3 – 15 66.67% del IBC | 13 | EPS | $ 758.726 |
| Total estimado del auxilio | $ 875.453 | ||
| Diferencia vs salario normal (15 días) | − $ 124.548 | ||
¿No te han pagado la incapacidad o recibiste menos?
La estimación con tus datos es $ 875.453. Compárala con tu desprendible y los pagos recibidos. Una diferencia es un punto para revisar; este cálculo no confirma por sí solo una deuda.
Paquete de reclamo: el derecho de petición, el PDF y dónde radicarlo
Para cuando la EPS, la ARL o tu empleador no te pagaron la incapacidad.
$ 29.900
IVA del 19% incluido · pago único
- Un derecho de petición formal dirigido a quien le toca pagar cada tramo de tu incapacidad, invocando la Ley 1755 de 2015: tienen 15 días hábiles para responderte de fondo.
- El PDF con la petición y el desglose de tramos, listo para radicar y firmar.
- Dónde radicarlo: en tu EPS con número de radicado, ante la Superintendencia Nacional de Salud si te lo niegan, y por tutela si está en juego el mínimo vital.
- · No es asesoría legal ni representación: no somos tus abogados y no conocemos tu caso.
- · No garantiza que te paguen. Garantiza que llegues con un documento formal y bien dirigido.
El cálculo es gratis. Si necesitas presentar una solicitud por escrito, el paquete organiza tus datos en una petición, un PDF y una guía para radicarla. Tú revisas el documento y lo presentas ante la entidad; no incluye abogado ni envío de la petición por ti.
El cálculo sugiere EPS como destinatario según el tramo de mayor valor. Confirma quién tramita tu caso antes de comprar. La petición cita el término general de 15 días hábiles para responder, sujeto a las reglas aplicables; no es un plazo garantizado para pagarte.
Mira la carta y la guía completas antes de dejar tus datos. El ejemplo usa datos ficticios; tu paquete se prepara con los que confirmes.
Vendedor: AMAUCO S.A.S · NIT 901.119.725-2 · Cartagena, Bolívar, Colombia. Contacto de la sociedad: hola@itinya.com. Es la sociedad que recibe el pago y emite la factura. Los precios en pesos son el valor final al público e incluyen IVA del 19%. Aplica el derecho de retracto de la Ley 1480 de 2011: 5 días hábiles desde la compra en ventas a distancia. AMAUCO S.A.S es responsable de IVA y facturador electrónico: la factura electrónica de tu compra se solicita en ese mismo buzón con la referencia del pago y tus datos de facturación.
Resultado orientativo
Se calcula con los datos que ingresaste y parámetros públicos. No es nómina, liquidación oficial, dictamen legal o fiscal, ni garantiza el monto definitivo.
¿Quieres que un abogado laboralista revise tu caso?
Todavía no tenemos abogado asignado, y preferimos decírtelo antes de pedirte nada. Déjanos tu correo y te avisamos en cuanto haya uno. El resultado y el PDF ya son tuyos: son gratis y no hace falta dejar nada para descargarlos.
Este cálculo es orientativo. Se basa en los datos que ingresaste, los parámetros aplicables y las fuentes públicas indicadas por Liquidador.co. No valida documentos, acumulados ni condiciones particulares. Para decisiones con efectos laborales, tributarios o de seguridad social, consulta a un abogado laboralista o contador público. Revisa también la metodología, fuentes y supuestos.
Recursos relacionados
Ejemplo de pago para el empleador: 15 días de enfermedad general
Ejemplo ilustrativo: IBC mensual de $2.000.000, 15 días continuos de enfermedad general, sin prórrogas anteriores ni mejoras pactadas. El 66,67% del IBC diario queda por debajo del piso de un salario mínimo diario de 2026 ($1.750.905 ÷ 30). Por eso se usa ese piso: $116.727 por los días 1 y 2 a cargo del empleador y $758.726 por los 13 días restantes a cargo de la EPS, para un total estimado de $875.453. Los valores se redondean al peso para mostrarlos.
El total estimado del subsidio no es el valor a recobrar: en este ejemplo, los dos primeros días corresponden al empleador. El valor que reconozca la EPS depende de las condiciones de afiliación, cotización, certificado y soportes. No sumes auxilio de transporte al IBC.
¿Qué debe preparar el empleador para tramitar el pago?
- Revisa el origen y los días acumulados, incluidas las prórrogas; no reinicies el conteo con cada certificado.
- Contrasta el IBC con la cotización y separa el subsidio estimado de cualquier complemento que pague la empresa.
- Conserva el certificado de la red de la EPS o solicita su validación cuando corresponda.
- Presenta la solicitud por el medio establecido por la EPS, con el certificado y la información bancaria requerida; conserva el radicado.
- Concíliala con el valor reconocido y pagado por la entidad. No deduzcas el subsidio de las cotizaciones de salud.
El Decreto 1427 de 2022, artículos 2.2.3.4.1 a 2.2.3.4.3, distingue la solicitud, la revisión y el pago autorizado. Prevé 15 días hábiles para revisión y liquidación, y cinco días hábiles siguientes para el pago de lo autorizado; no es una garantía de aprobación de cualquier certificado.
¿Cuánto pagan por una incapacidad laboral?
En una incapacidad por enfermedad general, los días 1 y 2 están a cargo del empleador; del día 3 al 90 responde la EPS con el 66,67% del ingreso base de cotización, y del día 91 al 180 con el 50%. Una incapacidad de origen laboral se liquida con el 100% del ingreso base de cotización bajo las reglas aplicables a la ARL. Usa los días y el salario base en la calculadora para ver cada tramo.
¿Quién paga la incapacidad?
Enfermedad general (EG)
| Días | Pagador | % del IBC |
|---|---|---|
| 1 a 2 | Empleador | 66.67% |
| 3 a 90 | EPS | 66.67% |
| 91 a 180 | EPS | 50% |
| 181 a 540 | Entidad pensional competente, según régimen y transición | Según reglas aplicables |
| Más de 540 | EPS, en los eventos legalmente reconocidos | Sujeto a revisión |
Accidente laboral o enfermedad laboral (AT/EL)
Cuando el evento es calificado de origen laboral, la Ley 776 de 2002 prevé un subsidio del 100% del ingreso base de cotización desde el día siguiente al accidente o al inicio de la incapacidad por enfermedad laboral. El reconocimiento continúa hasta la rehabilitación, readaptación, curación o la definición correspondiente de pérdida de capacidad laboral; no debe presentarse como un pago indefinido sin revisión.
Reglas importantes
- Los porcentajes deben aplicarse respetando el mínimo legal y constitucional que corresponda; los casos cercanos al salario mínimo pueden requerir un ajuste.
- El certificado debe expedirlo un médico u odontólogo habilitado. Si no pertenece a la red de la EPS, debe solicitarse su validación dentro de los 15 días siguientes, con el resumen de atención o la epicrisis, según el caso.
- Superar 540 días no concede automáticamente una pensión. El pago posterior, la rehabilitación y una eventual calificación de pérdida de capacidad laboral son trámites relacionados pero distintos.
Errores comunes
- Aplicar un porcentaje sin revisar el mínimo: el resultado puede requerir ajuste para proteger el ingreso mínimo.
- Suponer que todo certificado particular es automático: la EPS puede validarlo o someter al afiliado a evaluación, dentro del procedimiento del Decreto 1427 de 2022.
- Tratar todo accidente de trayecto como laboral: esa calificación aplica, entre otros supuestos, cuando el transporte lo suministra el empleador; el origen debe establecerse con los hechos.
Calculadora de incapacidad laboral
La calculadora de arriba toma los días de incapacidad y el salario base y te devuelve cuánto corresponde por cada tramo: los dos primeros días los paga el empleador y a partir del tercero entra la EPS. No hay que registrarse ni dejar correo para verlo.
Liquidador de incapacidades 2026
El piso del cálculo usa el salario mínimo de 2026 ($1.750.905). El auxilio de transporte no se suma al IBC. Si tu incapacidad cruza el cambio de año, calcula cada tramo con el salario mínimo que le corresponde.
¿Cómo reclamar si no te pagan?
- Presenta una reclamación escrita y conserva el número de radicado.
- Acude a la autoridad de inspección o vigilancia competente según la entidad responsable.
- La tutela puede ser excepcionalmente procedente si existe afectación acreditada del mínimo vital.
- La jurisdicción laboral y de la seguridad social puede decidir controversias de reconocimiento y pago.
Fuentes oficiales
- Decreto 1427 de 2022 — certificados y prestaciones económicas
- Ley 776 de 2002 — incapacidad de origen laboral
- Ley 1562 de 2012 — accidente de trabajo
Preguntas frecuentes sobre incapacidades
¿El empleador puede cobrar a la EPS los dos primeros días?
En la regla general de enfermedad común, los días 1 y 2 están a cargo del empleador. El tramo de la EPS comienza en el día 3; recibir un certificado no convierte todo el total estimado en un recobro.
¿Se descuenta una incapacidad del pago de aportes a salud?
No. El trámite de reconocimiento y pago es independiente. El artículo 2.2.3.4.3 del Decreto 780, sustituido por el Decreto 1427 de 2022, prohíbe deducir estas prestaciones de las cotizaciones de salud.
¿La calculadora de incapacidades reemplaza el concepto de la EPS o la ARL?
No. El resultado es una estimación orientativa; la entidad debe validar el certificado, el origen y los días acumulados antes de reconocer el pago.
¿Qué pasa si la incapacidad supera 180 días?
Desde el día 181 interviene la entidad pensional competente según el régimen y la transición aplicable. Superar 540 días tampoco concede automáticamente una pensión.
¿Qué datos necesito para calcular una incapacidad?
Indica el salario base, los días de incapacidad y si el origen es una enfermedad general o un accidente o enfermedad laboral. Si el caso está cerca del salario mínimo, revisa el ajuste legal correspondiente.