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Comparador

Compara una oferta de terminación por mutuo acuerdo

Si tu empleador te ofrece una bonificación para terminar el contrato por mutuo acuerdo, esta herramienta la compara con una estimación del artículo 64 del CST. Esa referencia solo sería exigible si existiera una terminación unilateral sin justa causa; no predice cómo terminará la relación ni sustituye la revisión del documento.

Datos para comparar

$ 2.000.000

Antigüedad para art. 64: 2 años, 10 días

Saldos ciertos pendientes

Informa el saldo sin disfrutar, no los días de antigüedad.

Comparación matemática, no recomendación

Oferta de mutuo acuerdo

$ 6.754.294

Liquidación según saldos informados: $ 1.754.294

Hipótesis: despido sin justa causa

$ 5.124.664

Referencia art. 64: $ 3.370.370

Hipótesis SJC − oferta:-$ 1.629.630

Oferta adicional frente a referencia art. 64: 148%

Lectura neutral

Con los saldos informados, la oferta supera el escenario hipotético de despido sin justa causa en $1.629.630.

  • La comparación no predice que el empleador vaya a despedir sin justa causa ni recomienda aceptar o rechazar.
  • Los derechos ciertos de liquidación no se sustituyen por una bonificación salvo que la oferta total los identifique y cubra correctamente.
  • La referencia de indemnización aplica únicamente al escenario hipotético del artículo 64 CST.

Resultado orientativo

Se calcula con los datos que ingresaste y parámetros públicos. No es nómina, liquidación oficial, dictamen legal o fiscal, ni garantiza el monto definitivo.

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Este cálculo es orientativo. Se basa en los datos que ingresaste, los parámetros aplicables y las fuentes públicas indicadas por Liquidador.co. No valida documentos, acumulados ni condiciones particulares. Para decisiones con efectos laborales, tributarios o de seguridad social, consulta a un abogado laboralista o contador público. Revisa también la metodología, fuentes y supuestos.

Recursos relacionados

¿Por qué importa esta comparación?

El artículo 61 del CST contempla el mutuo consentimiento como una forma de terminación. La bonificación que se negocie no es la indemnización del artículo 64 y su conveniencia no se determina con un porcentaje universal. Conviene revisar por separado:

Aspectos legales clave del mutuo acuerdo

Qué revisar antes de decidir

  1. Solicita un borrador y tiempo razonable para revisarlo.
  2. Separa la liquidación ordinaria de la bonificación negociada.
  3. Verifica monto, fecha, medio de pago y efecto de cada cláusula.
  4. Si existe fuero, presión, acoso, incapacidad o una disputa sobre la causa de terminación, busca revisión jurídica independiente.

Fuente normativa: Código Sustantivo del Trabajo — SUIN Juriscol.