Calculadora
Retención en la fuente sobre salarios 2026
Calcula cuánto te retienen mes a mes por concepto de retención en la fuente sobre tu salario. Aplica deducciones para reducir la base gravable: dependientes, intereses de vivienda, medicina prepagada y aportes voluntarios a pensión.
Tu salario
$ 8.000.000
Deducciones (opcional)
Tope: 100 UVT mensual ($ 5.237.400)
Tope: 16 UVT mensual ($ 837.984)
Referencia mensual: hasta 30% del ingreso. El máximo de 3.800 UVT es anual; aquí se proyecta 1/12 porque no se piden acumulados.
| Ingreso bruto | $ 8.000.000 |
| Deducciones aplicadas | |
| INCRNGO: aportes obligatorios (salud + pensión) | − $ 640.000 |
| Renta exenta 25% (Art. 206) | − $ 1.840.000 |
| Base gravable | $ 5.520.000(105.40 UVT) |
Tramo aplicable: 95–150 UVT Tasa marginal: 19% | |
| Retención mensual estimada | $ 103.449 |
| Ingreso bruto menos esta retención | $ 7.896.551 |
| Tasa efectiva sobre ingreso | 1.29% |
Los aportes obligatorios se restan primero como INCRNGO; el 40% se aplica después sobre deducciones y rentas exentas.
- Estimación mensual: distribuye linealmente entre 12 meses los topes anuales de 790 UVT para la renta exenta del 25%, 3.800 UVT para aportes voluntarios/AFC y 1.340 UVT de límite general. Sin acumulados no puede validar el cupo anual realmente disponible.
- El valor real depende de certificados, acumulados del año, otros pagos laborales y del procedimiento aplicado por el agente retenedor.
Resultado orientativo
Se calcula con los datos que ingresaste y parámetros públicos. No es nómina, liquidación oficial, dictamen legal o fiscal, ni garantiza el monto definitivo.
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Este cálculo es orientativo. Se basa en los datos que ingresaste, los parámetros aplicables y las fuentes públicas indicadas por Liquidador.co. No valida documentos, acumulados ni condiciones particulares. Para decisiones con efectos laborales, tributarios o de seguridad social, consulta a un abogado laboralista o contador público. Revisa también la metodología, fuentes y supuestos.
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¿Qué es la retención en la fuente?
Es un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto sobre la renta. Tu empleador descuenta una parte de tu salario cada mes y se la gira a la DIAN. La retención no es el impuesto anual definitivo: si debes declarar, los valores retenidos se imputan en la declaración y el resultado puede ser saldo a pagar o a favor.
Tabla de retención 2026 (Procedimiento 1)
| Base gravable (UVT) | Tasa marginal | Acumulado |
|---|---|---|
| 0 – 95 | 0% | 0 UVT |
| >95 – 150 | 19% | 0 UVT |
| >150 – 360 | 28% | 10 UVT |
| >360 – 640 | 33% | 69 UVT |
| >640 – 945 | 35% | 162 UVT |
| >945 – 2.300 | 37% | 268 UVT |
| >2.300 | 39% | 770 UVT |
UVT 2026: $52.374. El primer rango termina en 95 UVT de base gravable; no equivale a un umbral universal de salario bruto porque la depuración depende de aportes, deducciones, rentas exentas y soportes.
Deducciones que bajan tu retención
- Aportes obligatorios (salud 4% + pensión 4%) — siempre
- Dependientes(10% del ingreso, máx 32 UVT mensual) — hijos <18 años, cónyuge sin ingresos, padres dependientes
- Intereses crédito hipotecario (hasta 100 UVT mensual)
- Medicina prepagada (hasta 16 UVT mensual)
- Aportes voluntarios pensión + AFC (hasta 30% del ingreso o 316,67 UVT mensual)
- Renta exenta 25% (Art. 206 #10) — automático, sobre el subtotal tras deducciones
Los beneficios tienen límites individuales y conjuntos que deben verificarse con los artículos 206, 336, 383 y 388 del Estatuto Tributario y sus reglamentos.
Estrategias legales para reducir tu retención
- Reportar dependientes al agente retenedor con los soportes exigibles.
- Hacer aportes voluntarios a pensión o AFC — bajan base gravable hasta el 30% del ingreso. Beneficio combinado de ahorro fiscal + ahorro real.
- Reportar medicina prepagada dentro del límite en UVT y con certificación.
- Si tienes crédito hipotecario, asegúrate que el certificado de intereses se entregue al empleador a inicio de año.
Alcance de esta estimación
La calculadora hace una aproximación mensual del procedimiento 1 con los datos ingresados. No valida certificados, topes acumulados del año, límites anuales conjuntos, otros pagos del mismo agente retenedor, el procedimiento 2 ni el impuesto definitivo de la declaración de renta. Antes de aplicar una deducción o tomar una decisión tributaria, contrasta los acumulados con nómina y tus certificados.