Calculadora
Licencias laborales 2026
Calcula cuánto recibirás y por cuántos días durante tu licencia de maternidad, paternidad o luto en Colombia. Todas se pagan al 100% del Ingreso Base de Cotización (IBC).
Datos
18 semanas (Ley 1822/2017). 20 semanas si parto múltiple o prematuro.
$ 2.000.000 · $ 66.667 por día
Duración | 126 días (18 semanas) |
Valor por día 100% del IBC diario | $ 66.667 |
| Total que recibirás | $ 8.400.000 |
Resultado orientativo
Se calcula con los datos que ingresaste y parámetros públicos. No es nómina, liquidación oficial, dictamen legal o fiscal, ni garantiza el monto definitivo.
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Este cálculo es orientativo. Se basa en los datos que ingresaste, los parámetros aplicables y las fuentes públicas indicadas por Liquidador.co. No valida documentos, acumulados ni condiciones particulares. Para decisiones con efectos laborales, tributarios o de seguridad social, consulta a un abogado laboralista o contador público. Revisa también la metodología, fuentes y supuestos.
Recursos relacionados
Tipos de licencia remunerada en Colombia
Licencia de maternidad — 18 semanas
Ley 1822/2017: 126 días (18 semanas) pagados por la EPS al 100% del IBC. Se inicia 2 semanas antes del parto y termina 16 semanas después. Si el parto es múltiple o el hijo es prematuro, se extiende a 20 semanas (140 días).
Licencia de paternidad — 2 semanas
Ley 2114/2021 + Ley 2306/2023: 2 semanas (14 días) pagadas por la EPS al 100% del IBC. Aplica también para la madre no gestante en parejas del mismo sexo y adopciones.
Licencia de luto — 5 días hábiles
Ley 1280/2009: 5 días hábiles pagados por el empleador al 100% del salario por la muerte de:
- Cónyuge o compañero(a) permanente
- Padre, madre, padrastro, madrastra
- Hijos (consanguíneos, adoptivos, hijastros)
- Hermanos (consanguíneos o adoptivos)
Requisitos para reclamar (maternidad y paternidad)
- Estar afiliado a la EPS al momento del parto.
- Tener cotización mínima de 1 semana en EPS (Sentencia C-543/2007).
- Reportar el embarazo o nacimiento a la EPS y al empleador.
- Entregar el registro civil o certificado de nacimiento.
¿Qué pasa si la EPS no paga?
- Solicitar el pago por escrito a la EPS con la documentación.
- Tutela por violación al mínimo vital — proceso muy rápido (10 días).
- Queja ante la Superintendencia Nacional de Salud.
La EPS NO puede negar el pago alegando “el empleador no pagó los aportes” — esa es responsabilidad de la EPS cobrarle al empleador, no del trabajador (Sentencia T-462/2019).
Licencia de luto en Colombia 2026
Son 5 días hábiles remunerados por la muerte de un familiar cercano (Ley 1280 de 2009) y los paga el empleador, no la EPS. Elige “Luto” en la calculadora de arriba y escribe tu salario: te devuelve el valor de cada día y el total de los cinco. No hay que registrarse ni dejar correo para verlo.
Son días hábiles, no calendario
Los cinco días se cuentan hábiles, así que en la práctica suelen abarcar más de una semana corrida cuando caen sobre un fin de semana o un festivo. Es una licencia remunerada: no se descuenta de las vacaciones ni se compensa con horas trabajadas después.
Con qué base se liquida en nómina
Aquí está la diferencia que más se pregunta. La licencia de maternidad y la de paternidad las reconoce la EPS sobre el IBC. La de luto no: es salario que el empleador sigue pagando, así que la nómina no se interrumpe y los cinco días van al 100% del salario, no de un IBC aparte. Por eso en la calculadora el pagador sale como el empleador.
Por qué familiares aplica
Cubre al cónyuge o compañero(a) permanente, a los padres —incluidos padrastro y madrastra—, a los hijos —incluidos los hijastros y los adoptivos— y a los hermanos, según el detalle de la lista de arriba. Las dos dudas que más llegan a esta página son justamente esas dos: la familia por afinidad sí cuenta.