Calculadora
Calculadora de horas extras 2026 en Colombia
Calcula cuánto vale una hora extra diurna o nocturna y cuánto te deben pagar si trabajas en domingo o festivo. La calculadora aplica la jornada máxima de 42 horas y el recargo dominical del 90% que rigen desde julio de 2026.
Respuesta rápida: ¿cómo se liquidan las horas extras en 2026?
Divide el salario mensual por las horas ordinarias del mes y aplica el recargo que corresponda: 25% para una hora extra diurna, 75% para una hora extra nocturna y 90% para trabajo ocasional en día de descanso o festivo. Con una jornada de 42 horas semanales, el divisor de referencia es 210 horas mensuales. Ingresa tus datos abajo para obtener el valor y revisar cada concepto.
Datos
La fecha determina la jornada máxima y el recargo dominical/festivo aplicables.
Valor hora ordinaria: $ 9.524 (salario / 210 horas mensuales)
Máximo legal en la fecha: 42 h/semana. Equivalente mensual usado: 210 horas.
Días laborales
Después de jornada (06:00–19:00). Recargo 25%
Después de jornada (19:00–06:00). Recargo 75%
Horas ordinarias entre 19:00–06:00. Recargo 35%
Dominicales y festivos
Trabajo ocasional dom/festivo en jornada. Recargo 90%
Recargo 115% (90% + 25%)
Recargo 165% (90% + 75%)
| Concepto | Horas | Valor/h | Subtotal |
|---|---|---|---|
Horas extra diurnas (06:00–19:00) +25% sobre hora ordinaria | 10 | $ 11.905 | $ 119.048 |
| Total adicional estimado | $ 119.048 | ||
Paquete de reclamo: la carta, el PDF y dónde radicarla
Para cuando trabajaste esas horas y no aparecen en tu desprendible.
$ 29.900
IVA del 19% incluido · pago único
- La carta de reclamación a tu empleador con el desglose hora por hora, citando los artículos 159, 168 y 179 del CST y las reformas de 2026 que cambiaron la jornada y el recargo dominical.
- El PDF con la carta y el desglose, listo para entregar y firmar.
- Y lo que casi nadie pide: que la empresa te entregue el registro de jornada y los desprendibles del periodo. En horas extras la prueba la tiene ella, y pedirla por escrito es la mitad del caso.
- · No es asesoría legal ni representación: no somos tus abogados y no conocemos tu caso.
- · No garantiza que te paguen. Garantiza que llegues con un documento formal y bien dirigido.
No es un PDF genérico: es una carta que le reclama $ 119.048 a tu empleador, citando los artículos 159, 168 y 179 del CST, con un plazo de 10 días hábiles para pagar.
Lo que hunde estos casos no es la razón, es la prueba. El registro de entradas y salidas lo guarda tu empresa, no tú. La carta se lo pide por escrito junto con el pago — y una empresa que después no entrega el registro que ella misma lleva se queda sin explicación.
Vendedor: AMAUCO S.A.S · NIT 901.119.725-2 · Cartagena, Bolívar, Colombia. Contacto de la sociedad: hola@itinya.com. Es la sociedad que recibe el pago y emite la factura. Los precios en pesos son el valor final al público e incluyen IVA del 19%. Aplica el derecho de retracto de la Ley 1480 de 2011: 5 días hábiles desde la compra en ventas a distancia. AMAUCO S.A.S es responsable de IVA y facturador electrónico: la factura electrónica de tu compra se solicita en ese mismo buzón con la referencia del pago y tus datos de facturación.
Resultado orientativo
Se calcula con los datos que ingresaste y parámetros públicos. No es nómina, liquidación oficial, dictamen legal o fiscal, ni garantiza el monto definitivo.
¿Quieres que un abogado laboralista revise tu caso?
Todavía no tenemos abogado asignado, y preferimos decírtelo antes de pedirte nada. Déjanos tu correo y te avisamos en cuanto haya uno. El resultado y el PDF ya son tuyos: son gratis y no hace falta dejar nada para descargarlos.
Este cálculo es orientativo. Se basa en los datos que ingresaste, los parámetros aplicables y las fuentes públicas indicadas por Liquidador.co. No valida documentos, acumulados ni condiciones particulares. Para decisiones con efectos laborales, tributarios o de seguridad social, consulta a un abogado laboralista o contador público. Revisa también la metodología, fuentes y supuestos.
Recursos relacionados
Tabla de recargos vigentes en 2026
- Hora extra diurna (06:00–19:00, después de jornada): hora ordinaria + 25%
- Hora extra nocturna (19:00–06:00, después de jornada): hora ordinaria + 75%
- Recargo nocturno ordinario (jornada normal entre 19:00–06:00): hora ordinaria + 35%
- Trabajo dominical/festivo ocasional: hora ordinaria + 90% desde el 1-jul-2026
- Hora extra diurna en dominical/festivo: +115% (90% + 25%)
- Hora extra nocturna en dominical/festivo: +165% (90% + 75%)
Recargo nocturno: compara el 35% ordinario con el 75% de una hora extra.
Si necesitas presupuestar también aportes y prestaciones, consulta el costo total de un empleado en Colombia.
Cómo se calcula el valor hora ordinaria
El divisor depende de la jornada semanal aplicable: horas mensuales = jornada semanal ÷ 6 días × 30 días. Con la jornada máxima de 42 horas, el equivalente es 210 horas mensuales. Si tienes pactada una jornada inferior, debes usar esa jornada.
Ejemplo: empleado con salario de $2.000.000 → valor hora ordinaria = $2.000.000 ÷ 210 = $9.524. Una hora extra diurna se paga a $9.524 × 1,25 = $11.905.
Fechas legales que cambian el cálculo
- Ley 2466/2025, artículo 10: la jornada nocturna va de 19:00 a 06:00 desde el 25-dic-2025.
- Ley 2466/2025, artículo 14: recargo por día de descanso obligatorio o festivo de 80% desde el 1-jul-2025, 90% desde el 1-jul-2026 y 100% desde el 1-jul-2027.
- Ley 2101/2021, artículo 3: la jornada máxima pasó de 44 a 42 horas semanales el 15-jul-2026.
Si estás liquidando un periodo anterior, selecciona la fecha exacta: la calculadora ajusta tanto el porcentaje dominical como la jornada y el divisor mensual.
Preguntas frecuentes sobre horas extras 2026
¿Cuál es el recargo de una hora extra diurna?
La hora extra diurna se paga con un recargo del 25% sobre la hora ordinaria. Si se trabaja entre las 19:00 y las 06:00, corresponde el recargo de hora extra nocturna del 75%.
¿La hora dominical es lo mismo que una hora extra?
No siempre. El trabajo en día de descanso o festivo tiene su propio recargo del 90% desde el 1 de julio de 2026; si además excede la jornada, se suma el recargo de hora extra que corresponda.
¿Qué divisor debo usar para calcular una hora extra?
Usa las horas mensuales de la jornada pactada. Para la jornada máxima de 42 horas semanales, el equivalente de referencia es 210 horas al mes (42 ÷ 6 × 30).