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Cómo calcular horas extras en Colombia 2026

La Ley 2466 de 2025 reformó los recargos por trabajo dominical y festivo en Colombia. En 2026 el recargo subió al 80% (de 75% que era), y seguirá subiendo: 90% en 2027 y 100% en 2028. Aquí te explicamos todos los recargos vigentes con ejemplos.

Tabla de recargos vigentes en 2026

ConceptoHorarioRecargo
Hora extra diurna6:00 am – 7:00 pm+25%
Hora extra nocturna7:00 pm – 6:00 am+75%
Recargo nocturno ordinario7:00 pm – 6:00 am+35%
Trabajo dominical/festivoDía completo+80%
Hora extra diurna en dominical/festivo6:00 am – 7:00 pm+105%
Hora extra nocturna en dominical/festivo7:00 pm – 6:00 am+155%

Cambios clave de la Ley 2466 de 2025

  • Recargo dominical/festivo: era 75%, en 2026 sube a80%, en 2027 a 90%, y desde 2028 será 100%.
  • Trabajo nocturno: desde Ley 2101/2021 (vigente 15-jul-2025), va de 7:00 pm a 6:00 am. Antes era 9:00 pm a 6:00 am.
  • Jornada semanal máxima: 44 horas en 2026 (sigue bajando: 42h desde 2027 por Ley 2101/2021).

Fórmula para calcular el valor de cada hora

El proceso es siempre el mismo:

  1. Valor hora ordinaria = Salario base mensual / 240
    (240 = 30 días × 8 horas)
  2. Valor con recargo = Valor hora ordinaria × (1 + recargo%)
  3. Total = Valor con recargo × cantidad de horas

Ejemplo: empleado con $2.400.000

  • Valor hora ordinaria: 2.400.000 / 240 = $10.000
  • 10 horas extra diurnas: 10 × (10.000 × 1.25) = $125.000
  • 4 horas extra nocturnas: 4 × (10.000 × 1.75) = $70.000
  • 8 horas dominicales: 8 × (10.000 × 1.80) = $144.000
  • Total recargos del mes: $339.000

Límites legales en Colombia

  • Máximo 2 horas extras al día (CST art. 22)
  • Máximo 12 horas extras a la semana
  • Trabajadores de dirección, confianza o manejo NO tienen derecho a recargo por horas extras (art. 162 CST), aunque sí al recargo nocturno y dominical.

Errores comunes que cometen los empleadores

  1. Pagar horas extras como ordinarias (sin el recargo del 25% o 75%)
  2. No reconocer el recargo nocturno sobre las horas ordinarias trabajadas después de las 7 pm
  3. Aplicar el recargo dominical antiguo (75%) en lugar del nuevo de 2026 (80%)
  4. Compensar horas extras con descansos (es ilegal salvo acuerdo escrito muy específico)

¿Y si mi empleador no me las paga?

Puedes reclamarlas presentando una solicitud escrita formal al empleador citando el art. 162 y siguientes del CST. Si no responde en 10 días, acudes al Ministerio del Trabajo o demandas. Las horas extras prescriben a los 3 años, así que puedes reclamar todo lo no pagado en ese periodo.

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